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Formulario para las empresas



Información para el estudiante

Última modificación: 27-02-2004



Condiciones de participación: Pueden participar en convenios de cooperación educativa los estudiantes que cumplan las condiciones siguientes:
  • En la fecha de inicio del convenio es preciso haber superado la mitad de los créditos de la titulación que se esté cursando.
  • Hay que tener seguro escolar mientras el convenio esté vigente. Actualmente, el seguro escolar cubre periodos de un año que van de un 15 de septiembre hasta el 14 de septiembre del año siguiente.
Límite de participación: El número máximo de horas que un estudiante puede participar en convenios de cooperación educativa es de:
  • 80 horas mensuales durante el periodo lectivo (octubre-mayo). Pueden hacerse excepciones a este límite cuando el convenio suponga la realización del proyecto de final de carrera.
  • 960 horas por año académico.
Efectos académicos: Las prácticas en la empresa podrán tener efectos académicos en los casos siguientes:
  • Cuando la práctica suponga la realización del proyecto de final de carrera. La normativa correspondiente es la de proyectos de final de carrera, en modalidad B.
  • Reconocimiento de créditos de libre elección. Podrán reconocerse créditos de libre elección por prácticas en la empresa en régimen de convenio de cooperación educativa: un crédito por cada 30 horas con un máximo de 15 parar los estudios de ingeniería y de 10 para las ingenierías técnicas.
Comisión de Relaciones Universidad/Empresa (CRUE):
El objeto de esta comisión es organizar, promover y tutelar los convenios de cooperación educativa en que participen estudiantes de la FIB. Está formada por el presidente (vicedecano de Extensión Universitaria), dos profesores, dos estudiantes y un PAS).
También tiene competencias en relación con los efectos académicos de los convenios.

Reconocimiento de créditos de libre elección (aprobado por CP el 7-2-96).
  • En el momento de presentar la documentación del convenio, el estudiante tiene que pedir los créditos que quiere que le sean reconocidos.
  • Si procede, el estudiante recibirá un precompromiso de reconocimieno de créditos donde se le asignará también un profesor tutor. Por defecto, actuará como tutor el presidente de la CRUE.
  • Con el documento del precompromiso el estudiante puede matricularse de los créditos correspondientes cuando quiera (no hace falta que sea en periodo de matrícula).
  • Una vez finalizado el convenio la CRUE, a propuesta del profesor tutor, decidirá otorgar o no los créditos matriculados y la nota correspondiente. Será condición INDISPENSABLE para el otorgamiento de los créditos haber recibido los informes preceptivos de la empresa y del estudiante (anexos III y IV de la documentación del convenio).
  • Los créditos quedarán reconocidos en el expediente del estudiante a partir del periodo de evaluación inmediatamente siguiente a la finalización del convenio.

Si necesitas efectuar cualquier trámite personalizado (entrega de convenios, tramitación de prórrogas, solicitudes de créditos de libre elección...) o bien necesitas más información, puedes dirigirte a la Oficina para gestión de Convenios de Cooperación Educativa de la Facultad o al vicedecano de Extensión Universitaria.

Documentación (información disponible exclusivamente en catalán)


En referencia a la cumplimentación del anexo IV o memoria de las prácticas:

El estudiante tiene que hacer una descripción y/o valoración técnica de las tareas desarolladas en la empresa y de los conocimientos teóricos o prácticos adquiridos, ya que las valoraciones de carácter personal quedan reflejadas en el anexo III. (Extensión máxima: 2 hojas)


Anexos convenios de cooperación Educativa:

Anexos becas:



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